1. SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD
La Resolución Conjunta Nros. 62/2008 (M.E.y P.) y 50/2008 (M.S.) (B.O. del 19/02/2008) modificó el valor de las cotizaciones establecidas por los incisos b) y c) del artículo 40 del Anexo de la Ley Nº 25.865, quedando las mismas a partir de abril de 2008 de la siguiente manera:
-*Aporte obra social: Pasó de veinticuatro pesos con cuarenta y cuatro centavos ($ 24,44) a treinta y siete pesos ($ 37).
-*Adicional obra social por familiar a cargo: Pasó de veintidós pesos con veintidós centavos ($ 22,22) a treinta y un pesos ($ 31).... >
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Con el pago del Monotributo correspondiente al mes de abril –vencimiento 7 de abril–, los pequeños contribuyentes “Aportantes activos” deberán abonar los siguientes importes con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud:
- Por el titular: $ 37.
- Por la incorporación a la cobertura de obra social de cada integrante del grupo familiar primario: $ 31.
Cabe aclarar que dichos importes incluyen el aporte al Fondo Solidario de Redistribución.
El incremento del aporte de obra social tiene como origen la [Resolución Conjunta Nros 62/2008 y... >
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1. RÉGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO
La Ley Nº 26.341 derogó los incisos b) y c) del artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo y el artículo 4º de la Ley Nº 24.700, estableciendo que los vales del almuerzo, las tarjetas de transporte, los vales alimentarios y las canastas de alimentos que los empleadores vinieran otorgando, irán adquiriendo carácter remuneratorio de manera escalonada y progresiva a razón de un diez por ciento (10%) de su valor por bimestre calendario.
Como consecuencia de ello, el Decreto Nº 198/2007 (B.O. del 06/02/2008) vino a reglamentar la Ley Nº... >
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Los trabajadores que desarrollan actividades en forma eventual podrán inscribirse en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes Eventuales, según el Título IV del Anexo de la Ley Nº 24.977, modificado por la [Ley Nº 25.865->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article35113].
Los contribuyentes adheridos a este sistema deberán ingresar una cotización previsional -equivalente a treinta y cinco pesos ($ 35) mensuales- destinada al Régimen Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones bajo la modalidad de pago a cuenta.
Teniendo en... >
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¿Un contribuyente monotributista, que se jubila pero sigue trabajando como autónomo, puede conservar la obra social del Monotributo a pesar de ser jubilado o sólo debe seguir pagando la parte impositiva del Monotributo?
Si el contribuyente está jubilado por la Ley Nº 24.241, al continuar en la actividad debe efectuar una modificación de datos tildando la opción "Jubilado Ley Nº 24.241", debiendo pagar el componente previsional ($ 35) y el impositivo.
Si desea conservar la obra social del Monotributo debe adherir como "Aportante Activo", pagando el componente impositivo, el... >
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